Normativa

¿Qué pasa si no limpias la campana extractora de tu negocio?

Por David Rodrigo, Coordinación de servicios · Revisada el 30 de octubre de 2026

Si no limpias la campana te expones a tres cosas: una multa del ayuntamiento si tu municipio regula la extracción de humos, problemas para cobrar del seguro si incumples una condición de tu póliza y, en casos graves, el cierre temporal del local. No existe en España un régimen sancionador único y nacional para este incumplimiento: todo depende de la norma que incumplas y de dónde esté tu negocio.

Multas: lo que hemos podido verificar

Un ejemplo verificado: en Madrid, incumplir las condiciones de extracción de cocinas (incluida la limpieza anual) es infracción grave, con multa de hasta 1.500 €; desatender un requerimiento de corrección puede suponer hasta 3.000 € o el cierre temporal de uno a seis meses.

Cuando una ordenanza no tiene detrás una ley que fije otras cuantías, la ley de bases del régimen local limita sus multas a 750, 1.500 y 3.000 € (leves, graves y muy graves). Las cifras de decenas de miles corresponden a infracciones de instalaciones de protección contra incendios (Ley de Industria) o a ordenanzas antiguas en pesetas.

DóndeQué se sancionaCuánto
Madrid, Ordenanza 4/2021Incumplir las condiciones de extracción de cocinas, incluida la limpieza anual (grave)Hasta 1.500 €
Madrid, Ordenanza 4/2021Desatender un requerimiento de corrección (muy grave)Hasta 3.000 € o cierre de uno a seis meses
Valencia, Ordenanza de Protección contra Incendios (1995)Ventilación o evacuación de humos insuficiente o en mal estado (grave)La ordenanza fija multas de hasta 10.000.000 de pesetas (unos 60.101 €), sin actualizar
Ordenanzas sin otra ley detrásInfracción leve, grave o muy grave750, 1.500 o 3.000 €

Si tu negocio está en otro municipio, la cifra que te aplica está en tu ordenanza. Pregunta en el área de actividades o de medio ambiente antes de fiarte de un número que circula por internet.

El seguro

Por ley (art. 48 de la Ley de Contrato de Seguro), la aseguradora debe indemnizar el incendio aunque se deba a un descuido propio; solo queda liberada si hay dolo o culpa grave. El riesgo real son las cláusulas de tu póliza: si incluye una condición de mantenimiento que aceptaste por escrito y no puedes demostrar que la cumpliste, tendrás un problema para cobrar.

Es el escenario que más dinero puede costar, porque afecta a la reconstrucción del local y al equipamiento. Lo desarrollo en la guía sobre qué exige tu seguro de hostelería.

Cierre temporal

Lo decide el ayuntamiento. En Madrid, la ordenanza prevé la clausura temporal del establecimiento como medida provisional y la retirada temporal de la licencia de uno a seis meses. En Valencia, la ordenanza de incendios contempla el cierre temporal o definitivo del local.

No es lo habitual, pero es lo que más duele en caja: días sin facturar, más la limpieza urgente, más la multa si la hay.

Las cuatro consecuencias de un vistazo

ConsecuenciaQuién la imponeDe qué depende
MultaAyuntamientoTu ordenanza, la gravedad y si reincides
Problemas con el siniestroAseguradoraIncumplir una condición de mantenimiento de tu póliza o un caso de culpa grave
Cierre temporalAyuntamientoGravedad del riesgo o no atender un requerimiento
Requerimiento de correcciónAyuntamiento o SanidadDeficiencia detectada sin riesgo inmediato

Cómo evitarlo

  • Limpia con la frecuencia que pide el uso de tu cocina; en Madrid, como mínimo una vez al año por ordenanza.
  • Lee tu póliza y cumple lo que diga sobre mantenimiento.
  • Guarda todos los certificados, también los antiguos.
  • Si no sabes qué ordenanza te aplica, pregúntalo en tu ayuntamiento o a tu gestoría.

Calcular la multa posible sirve de poco. De los tres riesgos, el único que depende por completo de ti es tener la limpieza hecha y documentada.

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